Acreditar lo realmente ocurrido, es determinante a la hora de fijar responsabilidades e indemnizaciones, es por tanto, una cuestión probatoria fundamental en este tipo de procedimientos.
A grandes rasgos, podemos señalar que se pueden utilizar todo tipo de pruebas que resulten pertinentes y estén admitidas en derecho. Queremos destacar por su importancia:
EL ATESTADO
El atestado es el informe realizado por la autoridad competente (Guardia Civil de tráfico, etc.). Es normalmente la prueba más importante, a la que los jueces suelen dar mayor importancia y relevancia, por su gran valor probatorio, siendo en muchas ocasiones definitivo y base de la mayoría de las decisiones judiciales.
El valor del atestado, es indiscutible por cuanto en él se contienen innumerables datos, pruebas, fotográficas, etc. y además, está realizado por una autoridad imparcial, que cuenta con conocimientos técnicos especializados en la materia y normalmente se realiza de forma casi inmediata a la producción de los hechos.
El atestado deberá tener un contenido y requisitos mínimos para que tenga plena validez, en cuanto a los datos objetivos del accidente y de las personas implicadas, descripción de los hechos, declaraciones de las partes, etc.
Si bien es cierto que como documento en si mismo tiene un valor intrínseco, por cuanto contiene una serie de pruebas y datos objetivos recopilados por la autoridad ( fotográficas, etc.), y además tiene una presunción de veracidad, deberá ser reiterado y ratificado en juicio por los agentes que lo confeccionaron e intervinieron en él, para que despliegue todos sus efectos probatorios, siendo ésta ratificación una garantía procesal prevista en nuestro ordenamiento, para que las partes puedan obtener de sus redactores las aclaraciones, confirmaciones, etc., que estimen convenientes.
Tal y como hemos dicho, en los casos en que existe un atestado, esté normalmente será decisivo.
En los casos en los que no existe atestado de la autoridad, adquiere gran importancia otro tipo de pruebas, entre las que destaca:
La Declaración Amistosa de Accidente (DAA)
Esta declaración o Parte Europeo de Accidente, es muy importante, porque se realiza normalmente de forma inmediata en el momento y lugar del accidente, y espontáneamente por las mismas partes implicadas en él, normalmente sin estar asesorados por expertos en la materia en dicho momento.
Su importancia y la valoración de los mismos por los juzgadores tiene su fundamento en que en realidad, puede ser considerada como una especie de confesión, de reconocimiento de los hechos por las partes.
Además de las pruebas mencionadas, existen innumerables pruebas que pueden facilitar al juzgador el conocimiento de la realidad de lo acontecido, entre otras: los testigos presenciales del accidente, fotográficas realizadas tras el accidente por las partes implicadas o los testigos, dictámenes de expertos e informes periciales, etc.
Tal y como hemos señalado con anterioridad, si usted sufre un accidente de trafico, asegúrese de recopilar las pruebas necesarias para poder, en su caso, mostrar al juzgador lo que realmente ocurrió, y ayudarle a poder determinar y fijar responsabilidades.
Si usted se encuentra en esta situación o en una similar no dude en contactarnos y le asesoraremos convenientemente.
La información proporcionada en este artículo no pretende ser asesoramiento legal, sino que simplemente transmite la información relacionada con cuestiones legales.
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