Entendíamos entonces y también ahora, que la regulación del Impuesto de Sucesiones y Donaciones ( ISD) en España es discriminatoria con los No Residentes Fiscales, y no solo con ellos, también entre los residentes fiscales que residen en distintas comunidades autónomas, solo por el hecho de donde se tenga la residencia fiscal. Todo esto nos parece claramente incompatible con la libre circulación de trabajadores y de capital según lo señalado en el Tratado de la Unión Europea artículos 45 y 63.
Decíamos entonces y ahora, que esto nos hace pensar que al igual que paso en su día con la discriminación en el Impuesto de Ganancia Patrimonial, todos aquellos No Residentes que hayan pagado o tengan que pagar el ISD en España, y que la cuota a pagar sea mayor de lo que pagaría un residente fiscal, pensamos que tienen la opción legal de reclamar la devolución de lo pagado de más o pagar como un residentes si tiene que hacer frente al Impuesto de Sucesiones ahora.
Pues bien, en este sentido, es importante informar que según publicó en su día el Diario Oficial de la Unión Europea (28/4/2012), la Comisión Europea ya ha interpuesto formalmente un recurso ante el Tribunal de Justicia Europeo contra Reino de España por trato fiscal discriminatorio en herencias y donaciones cuando el obligado al pago es un no residentes.
Estamos convencidos que este es el PRINCIPIO DEL FIN DE LA DISCRIMINACIÓN en el impuesto de Sucesiones y Donaciones.
Si usted pagó impuesto de sucesiones en los últimos años como no residentes o tiene que pagarlo ahora, no dude en contactarnos.
La información proporcionada en este artículo no pretende ser asesoramiento legal, sino que simplemente transmite la información relacionada con cuestiones legales.
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