Impuestos en España: Cuestiones Generales

Estimados lectores,

Nuestro despacho ha notado en los últimos tiempos una mayor actividad en relación con el inicio de procedimientos sancionadores y revisiones de liquidaciones de tributos por parte las autoridades fiscales: Consellería de Economía Hacienda y Empleo de la Comunidad Valenciana a nivel autonómico, y también por parte de la Agencia Tributaria a nivel estatal.

En este sentido uno de los mayores problemas con el que nos encontramos es el hecho de que muchos de nuestros clientes: españoles, ingleses, holandeses o de cualquier otra nacionalidad, residentes y no residentes, son notificados por parte de estas administraciones en sus domicilios antiguos, en el asesores con los que ya no están en contacto o en el de su antiguo trabajo, etc.

En ocasiones este problema puede deberse a un error de los administrados (ciudadanos, sujetos pasivos) que han cambiado de domicilio y no lo han comunicado debidamente; aunque lo cierto y verdad es que independientemente del responsable, este hecho puede dificultar la posibilidad de defenderse de la administración, pues en ocasiones el procedimiento se conoce demasiado tarde. Así, a veces se conoce de la existencia de un procedimiento inspector o de revisión de impuestos cuando ya se ha aprobado la liquidación provisional o incluso cuando ya se han embargado las cuentas, sin que en principio haya plazo ni trámite para poder realizar las alegaciones pertinentes.

Es por lo tanto, ES MUY IMPORTANTE que nos aseguremos que en las administraciones tributarias consta nuestra dirección correctamente y si por ejemplo ustedes compraron una propiedad, compruebe si nombraron a su abogado o a otra persona como representante fiscal o representante para dicha compraventa, en cuyo caso asegúrese que sigue en contacto con su representante y que él le podrá contactar si recibe alguna notificación. Puede usted siempre actualizar sus datos comunicándoselo a las administraciones tributarias.

Igualmente recuerde que en caso de recibir cualquier tipo de notificación por parte de las autoridades tributarias, se debe poner en contacto de forma inmediata con su abogado, recuerde que usted contará con un plazo limitado de tiempo, normalmente pocos días, para poder recurrir la revisión del impuesto, realizar alegaciones, etc.

Por eso le aconsejamos que se asegure que cumple con sus obligaciones fiscales en España correctamente, que la administración puede notificarle pues cuenta con su dirección correcta y en caso de recibir alguna notificación de las autoridades tributarias, contacte a su abogado a la mayor brevedad.

*La información contenida en este artículo no constituye un consejo legal, siendo simplemente información general sobre asuntos legales.

White & Baos

Carlos Baos (Abogado)

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