Si hereda en el extranjero y es residente fiscal en España. No pague dos veces por el impuesto de sucesiones. Doble imposición.

Doble imposición en el impuesto de sucesiones en España.

En el artículo de hoy vamos a tratar sobre la doble imposición en el impuesto sucesiones, dándoles una información legal básica.

Regulación legal.

La doble imposición en el impuesto sucesiones se regula en la Ley del impuesto de sucesiones y donaciones, articulo 23 y en su reglamento, en el artículo 46.

Básicamente dice que:

.-Cuando una persona esté obligada a pagar impuesto de sucesiones por obligación personal en España.

.-Podrá deducirse de la cuota a pagar, la menor de las siguientes cantidades:

                        1.-El importe pagado en el extranjero, por el impuesto de sucesiones ( o similar).  En relación con los bienes situados fuera de España.

                        2.- O, el resultado de aplicar a los bienes situados en el extranjero, el tipo medio efectivo.

¿Quiénes pueden deducirse lo pagado en otro país?

Sólo aquellos, que paguen en España por obligación personal.

Es decir, los beneficiarios de una herencia, que son residentes fiscales en España.

Y por lo tanto, deben pagar en España por la totalidad de la herencia. Incluso, por los bienes que se encuentren fuera de España.

Hay que recordar que es indiferente la nacionalidad. A los efectos del impuesto de sucesiones y donaciones, sólo es relevante la residencia fiscal.

Ejemplo.

Una persona, residente fiscal en España, hereda de su padre, propiedades o bienes en Reino Unido, Bélgica, Irlanda, Francia, Alemania, etc.

Por las propiedades y bienes situados fuera de España, paga el equivalente al impuesto de sucesiones en aquellos países.

Pero, al ser residente fiscal en España, debe pagar en España por la totalidad de la herencia. Y por lo tanto, también y otra vez, por los bienes situados  en aquellos países.

En este caso, estaríamos ante un caso de doble imposición. Es decir, se pagarían dos, impuestos de sucesiones, en dos países diferentes, por los mismos bienes.

Según la normativa española, a la cuota a pagar en España por el impuesto de sucesiones,  se podrá deducir o lo pagado en el extranjero, o el tipo medio efectivo.

Calculo del tipo medio efectivo:

Según los artículos mencionados, el tipo medio efectivo, se calcula: dividiendo la cuota tributaria por la base liquidable, multiplicando el resultado por 100.

Conclusión.

 Si usted es residente fiscal en España y hereda bienes fuera de España, deberá pagar aquí impuesto de sucesiones por toda la herencia.

Pero, según la normativa sobre la doble imposición en el impuesto de sucesiones, puede deducirse parte o la totalidad de lo pagado.

Es igualmente importante, saber que España tiene suscritos algunos tratados de doble imposición con varios países, en esta materia.

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La información proporcionada en este artículo no pretende ser asesoramiento legal, simplemente transmite información relacionada con cuestiones legales.

Carlos Baos (Abogado)

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