En el presente artículo vamos analizar lo sucedido a un cliente del despacho en relación con los problemas de estabilidad sufridos en su propiedad como consecuencia de las excavaciones realizadas por el vecino.
Es algo, relativamente común, que se realicen trabajos de desmonte, excavaciones o movimientos de tierras, en la mayoría de los casos para allanar una parcela y poder edificar en ella, modificar su nivel, etc.
Este tipo de movimiento de tierras, sobre todo cuando se realizan en un inmueble situado en pendiente, puede ocasionar, modificada la configuración natural del terreno, que el vaciado de dicha pendiente cause un corrimiento de tierras en las parcelas vecinas e incluso problemas en las construcciones, como aparición de grietas, e incluso la afectación de la estructura y la capacidad portante o estabilidad de las construcciones, que se ven agravadas cuando existen episodios de fuertes lluvias.
Si esto sucede, en relación con los daños causados en la propiedad vecina, que tienen su origen en el movimiento de tierras, desmonte o excavaciones, el vecino que causó el problema tendrá la obligación de reparar los daños causados, y todo ello en base a la llamada, responsabilidad extracontractual del artículo 1.902 del código civil, que dice que El que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado.
En este sentido, entre muchas sentencias, cabe destacar la Sentencia número 326/2016 de la Audiencia Provincial de Tenerife, que entiende que: el propietario que altera el estado físico anterior del suelo, debe probar al juez que ha actuado con la mayor y más atenta diligencia a fin de evitar el resultado dañoso ocasionado. Y que en caso de no ser así, y de haberse podido evitar el daño, será la persona que realizó la excavación, movimiento de tierra o desmonte el que deba indemnizar por los daños y perjuicios causados.
Por lo tanto, si usted o alguien que usted conoce, se encuentra en esta situación y por culpa de un vecino que ha realizado un nivelado, aplanado de su parcela, modificado su nivel, realizado una excavación, desmonte o movimiento de tierras, etc., su propiedad se ve afectada, ya sea porque se ha provocado un corrimiento de tierras, o un daño de cualquier otro tipo que legalmente usted no esté obligado a soportar, sepa que puede reclamar al vecino la compensación por los daños y perjuicios que le haya ocasionado. Si este es su caso, y si usted desea recibir un asesoramiento legal de abogados expertos, contáctenos y le ayudaremos.
La información proporcionada en este artículo no pretende ser asesoramiento legal, simplemente transmite información relacionada con cuestiones legales.
Carlos Baos (Abogado)
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