El pasado 24 de diciembre de 2024 se publicó en el Boletín Oficial de Estado, un Decreto establece nuevos requisitos para los arrendamientos de temporada, alquileres turísticos, de habitaciones… y cualquier otro tipo de alojamiento de corta duración. En el artículo de esta semana analizamos los aspectos más relevantes de esta nueva normativa.
¿A quién se aplica la nueva normativa?
El Real Decreto 1312/2024 afecta tanto a los arrendadores y propietarios, ya sean personas físicas o jurídicas, profesionales o no profesionales. Y sin importar si se dedican a esta actividad de manera regular, o simplemente esporádica. Será de aplicación para alquileres de corta duración que se lleven a cabo a través de plataformas digitales como Booking, Airbnb, Expedia, etc. (entre otras). El “alquiler de alojamiento de corta duración” incluye los arrendamientos destinados a fines temporales (vacaciones, trabajo, turismo, estudios o tratamiento médico). Pero nunca a la necesidad de vivienda permanente. Los alojamientos deben contar con el mobiliario y los enseres adecuados para su uso.
El objetivo es mejorar la transparencia y el control de estos alquileres, reduciendo el riesgo de fraude.
Número de Registro Único en el Registro de la Propiedad.
Cualquier persona que ofrezca su vivienda en alquiler de corta duración a través de plataformas digitales deberá obtener un número de Registro Único ante el Registro de la Propiedad. Este número deberá aparecer en todos los anuncios que se publiquen online. Si el arrendador no cuenta con el Número de Registro correspondiente, la plataforma deberá retirar el anuncio y no permitir su publicación. Nuestro despacho puede ayudarle a obtener su número de registro.
Ventanilla Única Digital de Arrendamientos.
La otra principal novedad es la llamada “Ventanilla Única”, que dependerá del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana. Esta plataforma digital será la encargada de gestionar la información entre arrendadores, plataformas digitales y las autoridades competentes. Las plataformas tienen la responsabilidad de asegurarse de que solo se publiquen anuncios de alquileres que cumplan con la normativa. Colaborando así en el control y seguimiento del sector para evitar posibles fraudes y garantizar el cumplimiento de la legislación.
Los arrendamientos de temporada que no cuenten con el Número de Registro serán dados de baja. La Ventanilla Única enviará mensualmente los datos correspondientes a cada vivienda al I.N.E (Instituto Nacional de Estadística), a los Institutos de Estadística Autonómicos, Eurostat, etc.
¿Cuándo entra en vigor la nueva normativa?
El Real Decreto 1312/2024 entró en vigor el 2 de enero de 2025. Sin embargo, se ha establecido un periodo de adaptación hasta el 1 de julio de 2025, que es cuando sus disposiciones serán de obligado cumplimiento. Arrendadores y plataformas digitales tiene hasta entonces, para llevar a cabo los ajustes necesarios para cumplir con la normativa.
Conclusión.
Como hemos explicado en anteriores artículos, los arrendamientos de temporada son un tipo de alquiler que se presta fácilmente al fraude. En White-Baos Abogados somos expertos en este tipo de contratos. Si desea recibir asesoramiento experto sobre este tema o si que le ayudemos con la solicitud para obtener el Número de Registro Único, no dude en contactarnos.
La información proporcionada en este artículo no pretende ser asesoramiento legal, simplemente transmite información relacionada con cuestiones legales.
Carlos Baos (Abogado)
White & Baos.
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