Consulta:
Estimado abogado,
Cada vez está más próximo el BREXIT. Somos un matrimonio de británicos que residimos en España desde hace 10 años y nos gustaría saber qué debemos hacer y cómo podemos solicitar el permiso para vivir y, en su caso, trabajar en España. Tenemos una propiedad en Javea y números NIE. Gracias por su ayuda.
Estimado lector, gracias por su consulta.
Tal y como señalamos en nuestros artículos anteriores, es muy pronto para poder asesorar y aconsejar a los británicos en España, sobre qué deben hacer, o cómo será su realidad jurídica en España y la Unión Europea tras el Brexit.
De momento debemos reiterar que por ahora los británicos siguen siendo ciudadanos de pleno derecho de la Unión Europea. En cuanto a qué va a ocurrir tras el Brexit con los británicos que quieran fijar su residencia o trabajar en España o continuar haciéndolo, como ya comentamos en su día va de depender de muchos factores, de si Reino Unido y la Unión Europea se reconocen recíprocamente la libertad de circulación de sus ciudadanos y trabajadores o no, si se llegan a acuerdos bilaterales, etc.
A los efectos de una posible necesidad de obtener un permiso de residencia, para aquellos británicos que deseen residir permanentemente en España tras el Brexit, hay ciertos documentos, que pueden ser relevantes y ayudar, en los posibles futuros trámites que se deban realizar.
Así por ejemplo, si ustedes residen en España de forma permanente, es aconsejable que:
.-PADRÓN MUNICIPAL: es importante que se inscriba, y/o compruebe que usted y su familia están correctamente inscritos en el padrón municipal del lugar donde residan.
.-IMPUESTO DE LA RENTA DE LOS RESIDENTES: es importante que usted se asegure que ha presentado el impuesto de la renta de los residentes en España. En algunas ocasiones es posible que por el importe de la renta, no sea obligatorio presentarlo, en cualquier caso, recomendamos que lo haga, para que quede constancia. Debe saber que en la propia Administración Tributaria, le pueden ayudar a realizar su declaración de la renta.
.- REGISTRO DE EXTRANJEROS ( CIUDADANOS DE LA UNIÓN EUROPEA): es importante que usted compruebe que está inscrito correctamente en este registro, y obtener el certificado del registro, también conocido como tarjeta verde, donde consta el nombre, el lugar de origen, el NIE, el domicilio en España, etc.
Así, según lo señalado, aunque seguimos entendiendo que aún es muy pronto para poder tomar acciones concretas, aunque entendemos que es importante, que los británicos residentes en España, se aseguren que tienen algunos documentos que pueden ser relevantes, y estén preparados llegado el momento, para iniciar las acciones, o procedimientos que sean necesarios.
Si usted tiene alguna duda, contáctenos y le ayudaremos.
La información proporcionada en este artículo no pretende ser asesoramiento legal, sino que simplemente transmite la información relacionada con cuestiones legales.
Carlos Baos (Abogado)
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