Son muchas las consultas que recibe nuestro despacho sobre donaciones referidas a bienes inmuebles en España, que se pretenden realizar, fundamentalmente de padres a hijos, pero también entre cónyuges, etc., Donaciones entre residentes fiscales, expatriados, y también entre no residentes en España, extranjeros, etc.
Las razones son muchas, pero las más comunes son:
.- En ocasiones los propietarios son mayores, y no quieren, o no pueden continuar con el cuidado y mantenimiento del inmueble, o con el pago de sus gastos, y deciden donárselo a sus familiares.
.-En ocasiones los propietarios, expatriados no residentes en España, desean donar los bienes a sus hijos para minimizar el impuesto de sucesiones en su país de origen.
.-En ocasiones, por ejemplo en el caso de los residentes fiscales en el Reino Unido, se desea hacer una donación de los bienes inmuebles en España a los familiares residentes en el Reino Unido, antes del brexit, pues siendo aún Gran Bretaña miembro de la Unión Europea, se les aplicarán todas las bonificaciones y reducciones fiscales correspondientes, lo que seguramente no suceda tras el brexit.
Aspectos fiscales
.-A la hora de planificar una donación hay que tener en cuenta el valor del inmueble, y cuál es el valor mínimo fiscal que será aceptado por la autoridad fiscal.
.-Hay que calcular el impuesto de donaciones que saldrá a pagar, que dependerá del importe de la donación, el número de beneficiarios, la relación de parentesco entre donante y donatario ( hijos, cónyuges, primos, amigos…) , su residencia fiscal, etc.
.-Hay que tener en cuenta que en las donaciones se paga además del impuesto de donaciones por el beneficiario, el impuesto de ganancia patrimonial y plusvalía municipal, que deben ser estudiados con detenimiento.
Aspectos legales
.-Deben los clientes conocer las consecuencias legales de la donación, pues tras la misma el propietario y donante ya no será dueño del inmueble.
.-Es posible que se haga una donación condicionada, o con un pacto de reversión, es decir que la propiedad vuelva al donante en determinados supuestos.
Si usted desea asesoramiento legal y fiscal sobre las donaciones en España, contáctenos y le ayudaremos.
La información proporcionada en este artículo no pretende ser asesoramiento legal, sino que simplemente transmite la información relacionada con cuestiones legales.
Carlos Baos (Abogado)
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