Buenas noticias para los contribuyentes pagadores de impuestos, el pasado 1 de Octubre de 2013, se dictó la sentencia número 1336/2013 por parte de la Sala Contencioso Administrativa del tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.
Esta sentencia es importantísima pues señala, que el método utilizado por las Oficinas liquidadoras para revisar y comprobar los valores declarados en compraventas y sucesiones o donaciones NO ES CORRECTO, pues tiene su base en la descripción catastral de los inmuebles y en los valores generalizados que a efectos fiscales les da la propia administración tributaria.
Señala el TSJ que esos valores pudieran servir como base o guía, pero no son una valoración valida pues no están individualizados, y la administración ni examina el inmueble de forma individualizada ( no lo visita), ni el catastro tiene porque coincidir con la realidad, etc.
Esta sentencia llega en un momento cuando las Oficinas Liquidadoras están aumentado la revisión de los valores de los inmuebles declarados en escritura publica, a través del Procedimiento de Comprobación de Valores.
Por lo tanto, si usted recibe una carta de la Consejería por la que se le indica que el valor por usted declarado en su compraventa, herencia o donación ha sido revisado, y se ha comprobado que es mayor, y por lo tanto ahora tiene que pagar más impuestos de donaciones, sucesiones o transmisiones patrimoniales, antes de hacer ningún pago consúltenos, y si la comprobación adolece de los mismos defectos señalados en la sentencia 1336/20103 mencionada, nuestro despacho le ayudará a recurrirla.
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Carlos Baos (Abogado)
White Baos Abogados
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