Lo adelantamos hace unas semanas y ya es oficial. El pasado 23 de noviembre de 2023 entró en vigor la Ley 6/2023 que modifica el Impuesto de Sucesiones y Donaciones
en la Comunidad Valenciana. En el artículo de esta semana analizamos la letra pequeña de la nueva ley. Principales cambios y novedades. Cómo afectará al impuesto a pagar por todo aquel que reciba una herencia o una donación a partir de ahora. Etc.
Cambios en el Impuesto de Donaciones.
Hasta ahora las donaciones entre padres e hijos; y entre abuelos y nietos (cuando los padres que hacían de nexo entre ambos habían fallecido) tenían una reducción por parentesco de 100.000€ (de hasta 156.000€ cuando el receptor de la donación era menor de 21 años). Sin embargo, esta reducción solo podía aplicarse cuando el receptor de la donación (donatario) tenía un patrimonio igual o inferior a 600.000€.
Con la modificación de la ley:
- Se elimina la exigencia de que el donatario tenga un patrimonio igual inferior a 600.000€.
- El cónyuge del donante también podrá beneficiarse de esta reducción.
- Se permite la aplicación de esta reducción a la donación directa entre abuelos y nietos (sin necesidad de que el nexo entre ambos -padre o madre- haya fallecido previamente).
- Se suprime la limitación que impedía hacer uso de la reducción por parentesco cuando donante o donatario hubiera tenido derecho a esta reducción en los 10 años anteriores.
Aunque sin duda el punto más destacable es la bonificación del 99% para cónyuges, padres, adoptantes, hijos, adoptados, nietos y abuelos del donante. Esta bonificación también será de aplicación a personas con discapacidad física o sensorial superior al 65%, o discapacidad psíquica superior al 33%.
Novedades en el Impuesto de Sucesiones.
El Impuesto de Sucesiones también presenta cambios importantes. Las principales deducciones (100.000€ por parentesco, hasta 150.000€ por adquisición de la vivienda habitual, etc.) permanecen sin cambios. Sin embargo, también se han modificado sustancialmente las bonificaciones en la cuota tributaria.
Se incrementa hasta el 99% la bonificación para:
- Descendientes o adoptados, cónyuges, ascendientes y adoptantes.
- Personas con discapacidad física o sensorial superior al 65%, o discapacidad psíquica superior al 33%.
¿Cómo me afectará esta modificación de la ley? Ejemplo práctico.
Tras el fallecimiento de su padre, Pedro (hijo único) recibe por herencia la vivienda habitual de su padre (200.000€), un apartamento en la playa (300.000) y una cuenta bancaria (50.000€). Antes de la aprobación de la ley, Pedro pagaría aproximadamente 27.000€ de Impuesto de Sucesiones. Tras la aprobación de la reforma, el importe a pagar será de unos 600€.
¿Cuándo entra en vigor la modificación de la ley?.
Los efectos de esta modificación se aplicarán retroactivamente a las donaciones y a los fallecimientos posteriores al 28.05.23. Si usted ha pagado Impuesto de Sucesiones y Donaciones por una donación o herencia, con posterioridad a esa fecha, usted tiene derecho a recuperar su dinero. Nuestro despacho puede ayudarle.
Conclusiones.
La modificación del Impuesto de Sucesiones y Donaciones es un cambio radical en el panorama impositivo de la Comunidad Valenciana. En White-Baos Abogados somos expertos en derecho hereditario y asesoramiento fiscal sobre el ISD. No dude en contactar con nosotros. Estudiaremos su caso y le ofreceremos asesoramiento legal experto para recuperar su dinero.
La información proporcionada en este artículo no pretende ser asesoramiento legal, simplemente transmite información relacionada con cuestiones legales.
Carlos Baos (Abogado)
White & Baos.
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