Impuestos en la compraventa de terrenos en España. Asesoramiento Legal. IVA o transmisiones. La importancia de conocer el impuesto a pagar.

Impuestos en la compraventa de terrenos. Iva o Transmisiones

En el artículo de hoy vamos a hablar sobre los impuestos en la compraventa de terrenos.  Pues, es posible que se deba pagar IVA o el impuesto de Transmisiones Patrimoniales Onerosas. ( TPO) Y todo ello, dependerá de varios elementos.

La condición del vendedor.

1.-Cuando el vendedor del terreno sea una persona física, no empresaria ( no sujeto pasivo de IVA), se pagará normalmente Transmisiones Patrimoniales (TPO). Siendo en la Comunidad Valenciana del 10%.

2.-IVA. Por el contrario, se pagará IVA, cuando el vendedor sea sujeto pasivo de IVA, es decir una empresa u empresario.

El este sentido,  se considerará empresario, a la persona que haya realizado actuaciones de urbanización y parcelación de los terrenos, con el ánimo de ser vendidos. Se entiende, que será desde el momento que pague  costes de urbanización.

El tipo del IVA en la venta de inmuebles es del 21%

Puede, en algunos casos, que una sociedad no se considere empresario o profesional a efectos del IVA. Por ejemplo, si no tiene actividad, si los terrenos fueron adquiridos sin la intención de afectarlos a ninguna actividad económica, etc.

¿Qué impuestos conviene pagar en la compraventa de terrenos?

Dependiendo de las circunstancias, puede ser más interesante pagar IVA o el impuesto de Transmisiones.

Así, si el comprador es un empresario le interesa pagar el IVA. Porque podrá deducírselo, y compensarlo.

Si el comprador, es una persona física que quiere el terreno, para su uso personal. Normalmente, le interesará pagar por Transmisiones. Ypagar el 10% en lugar del 21% de IVA.

Posibilidad de no pagar IVA en algunas ventas de terrenos por empresas / empresarios.

Pero, en algunos casos, aunque en principio esté sujeta a IVA, es posible solicitar su exención.

Así, lo dice el artículo 20-20º de la Ley del IVA. Así, están exentas de IVA:

.- Las entregas de terrenos rústicos y demás que no tengan la condición de edificables…

.-A estos efectos, se consideran edificables los terrenos calificados como solares por la legislación urbanística, o que tengan licencia.

La exención no se extiende a las entregas de los siguientes terrenos, aunque no tengan la condición de edificables:

a) Las de terrenos urbanizados o en curso de urbanización.

b) Las de terrenos en los que se hallen enclavadas edificaciones en curso de construcción o terminadas; cuando se transmitan conjuntamente con las mismas y las entregas de dichas edificaciones estén sujetas a IVA …

Ejemplos de venta de terrenos por empresarios o empresas.

Así, según lo señalado:

1.-Están exentos de IVA, en principio la venta terrenos rústicos. Y aquellos terrenos en los que no se haya iniciado el proceso urbanizador. En estas compraventas el impuesto a pagar será TPO.

2º NO estarán exentos, y deben pagar IVA: la venta de terrenos en los que se haya iniciado el proceso urbanizador, o cuando esté ya finalizado.

Conclusión

Si va a comprar una parcela en España, debe informarse sobre los Impuestos en la compraventa de terrenos. Y según su caso, le puede interesar pagar IVA o impuesto de Transmisiones. Pero, dependerá del vendedor y su condición, del tipo de terreno, etc.

Para más información sobre compraventas de inmuebles, Consúltenos.

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Carlos Baos (Abogado)

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