Nuestro despacho ha podido ayudar con éxito a numerosos clientes, a impugnar y anular testamentos en España, y en la nulidad de las escrituras de herencia firmadas en nuestro país, ante notario español.
Para determinar si legalmente es posible como despacho de abogados, ayudar a un cliente a anular un testamento o una herencia, es fundamental:
1-.-Determinar la ley aplicable a la sucesión o herencia.
Aunque se pretenda impugnar y anular testamentos o una herencia en España, no siempre para ello, se hará con base a la ley española.
Se debe, por tanto, determinar en primer lugar, cual es la ley aplicable a la sucesión, según el Reglamento Europeo 650/2012.
Según la ley aplicable, los motivos para impugnar y anular el testamento podrán ser diferentes.
Así, por ejemplo, la ley española, francesa, belga, etc., prevén una serie de derechos forzosos o reserva hereditaria, a favor de hijos, cónyuges, etc. Si éstos no son respetados, el testamento y la herencia podrán ser impugnados y anulados.
Otras legislaciones como la inglesa, escocesa, prevén ciertos derechos para personas que sean dependientes del fallecido, etc..
La ley alemana, prevé un derecho de crédito a favor de ciertos familiares, que pueden en algunos casos, reclamar contra los herederos, etc.
En el caso de españoles es más sencillo, pero para las herencias de extranjeros en España, es fundamental determinar si se aplicará su ley nacional o la ley de su domicilio habitual, etc.
2-.-Ley española. Preterición de los herederos forzosos.
La ley española señala que los descendientes del fallecido tienen derecho a 2/3 de los bienes de la herencia (haber hereditario). Según el artículo 808 del Código Civil ( Cc).
Si en el testamento no se hubiese dejado bien o provisión a favor de éstos, esta omisión, se conoce como PRETERICIÓN, puede tener como consecuencia la nulidad total o parcial del testamento.
3.-Posibilidad de Rescindir y Anular las escrituras de herencia.
Además, en el caso de que se firmase una escritura de herencia, omitiendo a los herederos forzosos, está escritura notarial, se podría incluso llegar a rescindir, según el artículo 1080 del Cc, si su hubiese firmado con mala fe.
Conclusión:
Si usted desea impugnar y anular testamento un testamento o una herencia relativa a bienes españoles, y sobre todo, si el finado era extranjero, es fundamental determinar la ley aplicable a la sucesión, y los posibles motivos para la impugnación y anulación del testamento.
Incluso aunque se haya firmado ya la escritura de herencia ante notario español, se podrá solicitar la nulidad o resolución de las mimas, en algunos casos, como la preterición de los herederos forzosos, nulidad del testamento por falta de formalidades, etc.
Si desea asesoramiento experto sobre este asunto, contacte con nuestro despacho de abogados, y le ayudaremos.
La información proporcionada en este artículo no pretende ser asesoramiento legal, simplemente transmite información relacionada con cuestiones legales.
Carlos Baos
White & Baos.
Tel: +34 966 426 185
E-mail: info@white-baos.com
White & Baos 2020 – Todos los Derechos Reservados.