Estimados lectores,
En el artículo de hoy, queremos informarles de un nuevo éxito judicial obtenido por nuestro despacho contra el banco de Valencia, hoy Caixabank, relativa a los conocidos como préstamos en divisa extranjera o multidivisas, normalmente en Francos, Yenes, etc.
La particularidad de este nuevo asunto ganado, es que la oficina de la localidad de Moraira del banco de Valencia, colocó a mi cliente, la Sra. S., un producto que denominaba ACTIVA TU CASA, por el que se ofrecía un préstamo en divisa extranjera vinculado a una inversión en Euros.
Cómo se vendía el producto: el banco dirigía el producto a expatriados con propiedades en España de importante valor y sin cargas, que no tenían ingresos (pensiones elevadas), y querían un préstamo no muy elevado, por ejemplo para reformar la casa, comprar un coche, etc.
.-Por ejemplo si querían unos 100.000€ para arreglarse la casa, el banco le colocaba:
1.-Por un lado un préstamo en francos suizos multidivisa ( no en Euros), por un importe mucho mayor al dinero que se quería recibir, por ejemplo unos 450.000€. El banco aseguraba que era una gran oportunidad pues el tipo de interés de estos préstamos, que era el LIBOR vinculado a la moneda extranjera era más bajo que el Euribor. Y se ofrecía a 10 años, pagándose sólo intereses y la totalidad del capital al final del préstamo.
2.- De estos 450.000€, 100.000€ se daban al cliente que es lo que había solicitado y el resto, 350.000€ se invertían obligatoriamente en un fondo del mismo banco de Valencia.
Por el banco se decía que los 350.000€ invertidos a 10 años, generarían unos rendimientos importantes, así, tras 10 años, los 350.000€ más sus rendimientos permitirían a los clientes pagar los intereses del préstamo en francos suizos y devolver el capital equivalente a los 450.000€ iniciales, incluyendo los 100.000€ recibidos por el cliente. Así, el banco prometía que si ACTIVA SU CASA, y la hipotecaba podría obtener 100.000€ anticipadamente, que luego se generaría con la inversión del resto del dinero.
Pero la realidad era y ha sido muy distinta, lo cierto es que el préstamo en divisas extranjeras es muy arriesgado y de hecho el franco se ha revalorizado aproximadamente un 60% desde que se contrató el producto. Igualmente, la inversión no era una inversión segura ni garantizada, por lo que no sólo no se generaron los rendimientos que el banco aseguraba, sino que la cliente perdió parte del capital.
Consecuencias: A la finalización del préstamo tras 10 años, nuestra cliente debía devolver el equivalente a unos 670.000€ ( debido a la revalorización del Franco) y de la inversión de 350.000€ sólo restaban unos 270.000€, de tal forma que el banco le solicitó que en pago del préstamo entregara su vivienda, que estaba valorada en unos 400.000€ para saldar la deuda, cuando en realidad lo recibido por la Sra. en su día fueron únicamente 100.000€.
Acción legal: nuestro despacho consiguió, que por sentencia número 307/2017 del juzgado nº 3 de Denia, se declarase la nulidad del producto vendido a mi mandante sin información de sus riesgos, y con una absoluta falta de transparencia. Sentencia que analizaremos con más detalle en artículos posteriores.
Si se encuentra en esta situación, y tiene una hipoteca en España, en una divisa distinta al €, si le colocaron un producto llamado activa tu casa por el banco de valencia, etc., contáctenos y le ayudaremos.
La información proporcionada en este artículo no pretende ser asesoramiento legal, sino que simplemente transmite la información relacionada con cuestiones legales.
Carlos Baos (Abogado)
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