La reciente huelga de los tripulantes de cabina de Ryanair en España ha provocado multitud de cancelaciones en los vuelos de los últimos días de junio y principios de julio. Muchas personas desconocen sus derechos ante las compañías aéreas en caso de retraso, cancelación, overbooking o pérdida de maletas. En el artículo de hoy explicamos cuándo iniciar una reclamación contra las aerolíneas por retraso o cancelación, legislación aplicable, indemnizaciones, etc.
¿Qué vuelos están cubiertos? ¿Cuánto plazo tengo para reclamar?
Todos los vuelos que despeguen de un aeropuerto europeo, con independencia de su destino están cubiertos por el Reglamento Europeo 261/2004. Ocurre lo mismo con los que aterricen en un aeropuerto europeo siempre y cuando la aerolínea tenga su base en un país de la Unión Europea. Siempre y cuando no hayan pasado más de 5 años desde la fecha del vuelo, podremos interponer una reclamación.
Cancelación de vuelo.
En primer lugar, la compañía aérea está obligada a informar a los pasajeros de sus derechos con un impreso que recoja sus derechos y opciones en esta situación. Además, si la compañía avisa de la cancelación en el mismo aeropuerto, pasadas dos horas, deberán ofrecer asistencia básica como comida o refrescos a los afectados.
El consumidor puede optar entre el reembolso íntegro del billete o a un vuelo alternativo que le permita llega a su destino lo antes posible. En el caso de optar por el reembolso, el pasajero además podrá exigir el pago de una indemnización. El importe de ésta varía en función de la distancia. Oscilando entre los 250€ (vuelos hasta 1.500 km) y los 600€ (vuelos de más de 3.500 kilómetros). Si, por el contrario, se decide aceptar un vuelo alternativo, también se tendrá derecho a esta indemnización. Aunque su importe puede ser inferior dependiendo del retraso o antelación del aterrizaje en el destino final.
Retraso de vuelo.
¿Qué ocurre cuando el vuelo despega, pero lo hace con retraso? Cuando éste sea superior a 3 horas, aunque el avión finalmente salga rumbo a su destino, también se podrá optar a las mismas indemnizaciones señaladas en el párrafo anterior. No sólo eso, la compañía aérea deberá asumir los gastos de pernoctación y manutención hasta la salida del nuevo vuelo.
Otros gastos que también se pueden reclamar
El retraso o la cancelación de un vuelo muchas veces provoca una reacción en cadena que puede afectar a multitud de partes de nuestro viaje. Un coche alquilado. Hoteles pagados en destino. Entradas a espectáculos, museos, etc. Todos estos gastos podrán reclamarse, pero para ello es fundamental guardar copia de todos los tiques, facturas, etc. De igual forma, conservar toda la documentación asociada al vuelo: emails, billete de avió, tarjeta de embarque, etc. será clave para que la reclamación prospere.
El conocido como “overbooking” (la aerolínea vende más plazas de las que dispone) o la pérdida de maletas también generan derecho a una indemnización, aunque en este último caso, la regulación se recoge en el Convenido de Montreal.
Excepciones.
No obstante, las compañías no siempre son responsables de los imprevistos que afectan a sus vuelos. Así pues, en caso de cancelación comunicada con más de 14 días de antelación, no se podrá reclamar indemnización. Tampoco cuando se avise entre 2 semanas y 7 días, y se ofrezca un vuelo dentro de determinados parámetros de salida y llegada. Por último, cuando concurran circunstancias extraordinarias como relámpagos, urgencias médicas, inestabilidad política, etc., las aerolíneas tampoco estarán obligadas al pago de una indemnización.
Conclusión
Si se ha visto afectado por cancelaciones de última hora, retrasos, overbooking o pérdida de maletas, etc…no dude en contactar con nosotros. En White Baos le ayudaremos a que su reclamación contra las aerolíneas tenga éxito. Contáctenos. Estudiaremos su caso y le ofreceremos asesoramiento experto para que obtenga la indemnización que le corresponda.
La información proporcionada en este artículo no pretende ser asesoramiento legal, simplemente transmite información relacionada con cuestiones legales.
Carlos Baos (Abogado)
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