Reclamación Internacional de Alimentos. ¿Puedo reclamar en España?. Reglamento Europeo y Protocolo de la Haya. Hijos menores. Asesoramiento legal experto.

Reclamación internacional de alimentos en España.

En situaciones de divorcio o separación internacional, es común que uno de los progenitores tenga la custodia de los hijos, pero no se hayan aprobado alimentos o pensiones alimenticias. En estos casos, puede surgir la pregunta de si es posible reclamar dichos alimentos en España. Especialmente cuando el progenitor no custodio se traslada a nuestro país. En el artículo de hoy, analizamos y exploramos las opciones legales disponibles para iniciar una reclamación internacional de alimentos en España.

¿Qué es la pensión de alimentos?. ¿Puedo reclamar la pensión alimenticia en España?.

Los alimentos son la obligación de proporcionar los recursos necesarios para cubrir las necesidades básicas de una persona. Como alimentación, vivienda, vestimenta y atención médica. Esta obligación surge comúnmente en situaciones de divorcio o separación, entre padres e hijos. Dependiendo del país en el que se decrete el divorcio, es posible que no se apruebe una cantidad de alimentos en la sentencia. Pero esto no impide que puedan ser reclamados posteriormente. Si usted tiene la custodia de los hijos, y su expareja vive en España, en principio, usted podría reclamar la pensión de alimentos en nuestro país.

Competencia de una reclamación internacional de alimentos.

De acuerdo con el art. 769.3 de la LEC, los juzgados españoles son competentes para conocer una reclamación de alimentos a favor de hijos menores. Para ello, es necesario que la guarda y custodia haya sido atribuida a una de las partes. Y que el demandado resida en España.

El art. 3 del Reglamento Europeo 4/2009 de 18 de diciembre de 2008 también establece que será competentes los juzgados del lugar donde el demandado o acreedor tenga su residencia habitual.

¿Qué ley se aplica para determinar la pensión de alimentos?.

Aunque su caso involucre una reclamación internacional (por residir usted en el extranjero, o ser de otra nacionalidad distinta a la española); la ley española será la que se aplique para determinar el importe y la forma de pago de la pensión alimenticia. Así se establece en el reglamento europeo mencionado con anterioridad, que subraya que la ley del foro (en este caso España) será la que rija la solicitud.

De igual forma, el Protocolo de la Haya, pese a establecer como criterio general la residencia del menor (art. 4.3) admite también la posibilidad de aplicar la ley del foro (en este caso, Ley Española) cuando se acude a los tribunales de la residencia habitual del deudor.

¿Cómo acredito en España que tengo la custodia, si me divorcié en el extranjero?.

Si la custodia de su hijo ha sido otorgada por una resolución extranjera de un estado miembro de la Unión Europea; esta resolución será reconocida en España sin necesidad de ningún procedimiento adicional. Sin embargo, para que esta resolución sea válida y ejecutable en España, debe estar acompañada del certificado del art. 36 del Reglamento Europeo 2019/1111, que debe ser expedido por el Tribunal de origen.

Si la resolución se dictó en un país que no forma parte de la Unión Europea, habrá que estudiar caso a caso para ver si existe convenio bilateral, si es necesario el exequatur, etc.

Conclusión,

Si usted tiene la custodia de sus hijos y el progenitor no custodio se traslada a España, es posible iniciar una reclamación internacional de alimentos través de los tribunales españoles. En White-Baos Abogados, ofrecemos asesoramiento legal especializado para gestionar reclamaciones internacionales de alimentos. No dude en contactar con nosotros para recibir asesoramiento legal experto.

La información proporcionada en este artículo no pretende ser asesoramiento legal, simplemente transmite información relacionada con cuestiones legales.

Carlos Baos (Abogado)

White & Baos.

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