Consulta:
Me quiero divorciar de mi marido, nosotros somos ingleses, aunque vivimos en España desde hace 9 años. Tenemos una casa en común, pero fue pagada en su mayoría por mí. De momento ambos tenemos trabajos esporádicos que no declaramos.
¿ Me puedo divorciar en España, es difícil, que debo hacer? ¿ Cuales son mis derechos?.
Estimada lectora, gracias por su consulta.
Debe saber en primer lugar que tras la aprobación y entrada en vigor del REGLAMENTO (UE) N o 1259/2010 DEL CONSEJO de 20 de diciembre de 2010 por el que se establece una cooperación reforzada en el ámbito de la ley aplicable al divorcio y a la separación judicial, se aplicará a su divorcio, en cuanto a sus causas del divorcio, etc. si ustedes no optaron por otra ley, en principio la ley del país donde ustedes residen, es decir, en su caso España y la ley española.
Esto supone una simplificación respecto a la ley inglesa, qué como usted sabe la normativa inglesa, the Matrimonial Causes Act 1973 exige que se pruebe para obtener el divorcio, que el matrimonio esta roto definitivamente ya sea por: adulterio, comportamiento irracional, separación de 5 años, separación de 2 años con consentimiento en el divorcio, etc.
En su caso, siendo aplicable la ley española en cuanto a las causas del divorcio, y teniendo en cuenta que en España no es necesario probar o dar ninguna razón para divorciarse, es suficiente simplemente con estar casados mas de 3 meses y solicitar el divorcio, para ustedes solicitar y obtener el divorcio en España será mucho más fácil, que antes por la aplicación de la ley española.
En cualquier caso, debemos recordar que en el procedimiento de divorcio a la hora de determinar los efectos económicos del mismo: la compensación, los efectos del matrimonio, la distribución si es de aplicación de los bienes, entendemos seguirá siendo de aplicación la ley de Inglaterra y Gales, que en su caso es la ley de la nacionalidad común.
Por lo tanto, se precisa un asesoramiento que incluya las dos leyes, la ley española y la ley de su nacionalidad, para poder aconsejarle de la mejor forma posible.
En este punto queremos destacar que es muy importante, antes de decidir divorciarse y dar el primer paso, incluso antes de decidir si divorciarse en España o en su caso, en Reino Unido, obtener asesoramiento jurídico. Es muy común en divorcios y separaciones, con aplicación de leyes de distintos países que exista mucha confusión. Por ejemplo es muy común que los clientes mezclen conceptos de derecho inmobiliario español con conceptos de derecho de familia de otro país, así por ejemplo piensan que aunque su casa esté inscrita a nombre de uno solo de los cónyuges la propiedad pertenece siempre a los dos por partes iguales, o que se piense que si alguien puso más dinero en el matrimonio, antes o durante, no pueda reclamar una compensación, o que divorciarse en un país es mucho mejor que hacerlo en otro, que divorciarse es muy caro y difícil, etc.
Muchas de estas creencias son inciertas o deben ser matizadas. Si usted se encuentra en esta situación, podemos ayudarle y aconsejarle sobre sus opciones y situación legal.
La información proporcionada en esta página web no supone un asesoramiento legal, simplemente transmite cuestiones legales.
White & Baos
Tel: 966 426 185
E-mail: info@white-baos.com
www.white-baos.com
White & Baos 2013 – Todos los derechos reservados.