Validez de testamento ológrafo otorgado en España por extranjera. Testamento sin intervención del notario público español. Testamento español manuscrito por inglesa ( británica) en inglés. Derecho aplicable, validez en España.

Estimados señores,

Mi hermana que como yo era inglesa, lamentablemente falleció hace unos meses, y dejó un testamento firmado por ella y escrito de su puño y letra en inglés, en el que me dejaba a mi, su propiedad en España. Desafortunadamente no hay otro testamento ni en España ni en Inglaterra.

El abogado del marido de mi hermana dice que al no haberse firmado en español y ante notario, el testamento no es válido y por lo tanto se debe entender que no hay testamento y aplicar la ley intestada inglesa, por lo que heredaría el marido.

¿Es eso correcto? ¿Se puede hacer algo?

Estimado lector,

Gracias por su consulta.

El testamento redactado y firmado por el testador de su puño y letra se conoce en derecho español como TESTAMENTO OLÓGRAFO y se regula en el Código Civil Español artículos 688 y siguientes.

Por lo tanto el testamento firmado por su hermana será válido siempre y cuando cumpla con los requisitos que la ley señala.

Antes que nada señalar que el propio artículo 688 indica que el testamento ológrafo puede ser atorgado por extranjeros en su propio idioma, por lo tanto, el que no esté redactado en español no supone en principio un problema. Para ser válido el testamento de su hermana tiene que cumplir con los siguientes requisitos:

.-Su hermana cuando otorgó el testamento, debía ser mayor de edad.
.-Para que sea válido deberá estar escrito todo él y firmado por la testadora, con expresión del año, mes y día en que se otorgue.
.- Si contiene palabras tachadas, enmendadas o entre renglones, deberá estar salvadas por la testadora bajo su firma.

Procedimiento para la validación de este tipo de testamento. En caso de cumplir con los requisitos señalados, el testamento deberá ser protocolizado ante el Juez de primera instancia del último domicilio del testador, o del lugar en que éste hubiese fallecido, dentro de los cinco años, contados desde el día del fallecimiento.

Además se deberá presentar al juzgado por la persona que lo tenga en su poder en el plazo de 10 días. También podrá presentarlo cualquier persona que tenga interés en la herencia, como el albacea, etc.

Si el juez entiende que el testamento cuenta con los requisitos legales y que se ha probado la identidad del testador, y que la letra y firma le pertenece, lo dará por bueno y acordará que se protocolice en los registros del Notario correspondiente. Si no fuera así denegará su protocolización.

Por lo tanto, según lo señalado, y siempre y cuando se cumplan con los requisitos legales, el testamento de su hermana puede ser perfectamente válido y reconocido como tal en España, a través del procedimiento adecuado.

No obstante, como hemos señalado en innumerables ocasiones es extremamente recomendable que todo el mundo, y sobre todo los extranjeros que tengan cualquier tipo de bien, derecho o parte de él en España, hagan un testamento español con el debido asesoramiento legal, para evitar este tipo de problemas y otros posiblemente más graves.

Si usted se encuentra en esta situación o en una similar no dude en contactarnos y le asesoraremos convenientemente.

La información proporcionada en este artículo no pretende ser asesoramiento legal, sino que simplemente transmite la información relacionada con cuestiones legales.

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